Desde el 2 de agosto tu empresa debe etiquetar lo que hace con IA (y el alto riesgo se aplaza a 2027)

 Desde el 2 de agosto tu empresa debe etiquetar lo que hace con IA (y el alto riesgo se aplaza a 2027)

Si tienes un chatbot en la web, publicas imágenes generadas con IA o usas voces sintéticas en atención al cliente, este domingo empieza a aplicarse una norma que te afecta directamente.

Qué entra en vigor el 2 de agosto

Es el artículo 50 del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, el que obliga a que una persona pueda saber cuándo está delante de una máquina. En concreto:

  • Chatbots, agentes y avatares deben identificarse como IA al inicio de la interacción, de forma clara, distinguible y accesible.
  • El contenido sintético —audio, imagen, vídeo y texto— debe llevar una marca legible por máquina, con métodos «eficaces, fiables, interoperables» y técnicamente adecuados.
  • Los deepfakes exigen además un aviso claro y perceptible para las personas, no basta con la marca técnica escondida en el archivo.
  • El texto sobre asuntos de interés público (economía, política, salud) generado con IA debe identificarse, salvo que haya pasado por una revisión editorial humana con responsabilidad real sobre el contenido.
  • El reconocimiento de emociones y la categorización biométrica obligan a informar a las personas afectadas.

Los sistemas que ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto tienen margen hasta el 2 de diciembre de 2026 para el marcado legible por máquina. Los nuevos, desde el primer día. Y se prohíbe expresamente la IA destinada a generar contenido íntimo no consentido o material de abuso sexual infantil.

Cronología del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial tras el Omnibus digital (Reglamento UE 2026/1744, en vigor el 27 de julio de 2026): el 2 de agosto de 2026 entran las obligaciones de transparencia, el 2 de diciembre de 2026 acaba el plazo de gracia de los sistemas ya comercializados, el 2 de agosto de 2027 los sandboxes nacionales, el 2 de diciembre de 2027 los sistemas de alto riesgo del Anexo III y el 2 de agosto de 2028 los del Anexo I; multas de hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación mundial, con la AESIA como autoridad en España

Y lo que se aplaza: la parte que casi nadie ha contado

La misma semana en que llegan las obligaciones de transparencia, Bruselas ha retrasado las gordas. El Reglamento (UE) 2026/1744, el llamado Omnibus digital sobre IA, se publicó en el Diario Oficial el 24 de julio y entró en vigor el 27. Sus efectos:

  • Los sistemas de alto riesgo del Anexo III —los que deciden sobre empleo, educación o crédito— pasan de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027.
  • La IA integrada en productos ya regulados (Anexo I) se va al 2 de agosto de 2028.
  • Los espacios controlados de pruebas nacionales se exigen desde el 2 de agosto de 2027, y se crea uno a nivel europeo.
  • Se simplifica la alfabetización en IA: la empresa debe formar a su plantilla, pero no garantizar un nivel concreto por empleado.

El aplazamiento no es una amnistía. Lo que se retrasa es lo caro y lo técnico; lo que llega este domingo es lo visible, lo que cualquiera puede comprobar entrando en tu web.

Las multas por incumplir el artículo 50 llegan a 15 millones de euros o el 3% de la facturación mundial anual, con criterios proporcionados para pymes. En España quien inspecciona y sanciona es la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA).

Toque Personal: el repaso de veinte minutos

Que nadie entre en pánico: para la mayoría de negocios pequeños esto se resuelve en una tarde. Este es el repaso que yo haría hoy mismo:

  • Chatbot o asistente en tu web, WhatsApp o Instagram: un aviso visible al abrir la conversación. Una línea de texto.
  • Imágenes, vídeos y locuciones generadas con IA en redes, catálogo o anuncios: usa herramientas que marquen el archivo y añade un aviso perceptible si simulan personas o hechos reales.
  • Blog y newsletter: si un humano revisa, verifica y firma, no necesitas etiqueta. Si publicas en automático sin mirar, sí.
  • Voces clonadas en atención telefónica: avisa al principio de la llamada.
  • Análisis de emociones en entrevistas o call center: informa a los afectados y, antes de eso, pregúntate si de verdad quieres usarlo.

Mi opinión, y aquí me mojo: etiquetar no resta credibilidad, la construye. El problema nunca fue que tus clientes supieran que usas IA. El problema es que lo descubran ellos.

Es la misma dirección que ya apuntaba España cuando anunció multas millonarias por publicar vídeos generados por IA sin etiquetar. La diferencia es que ahora hay fecha, artículo y agencia con capacidad de inspección.

¿Vas a poner el aviso de IA en tus canales esta semana, o crees que espantará a tus clientes? Te leo en los comentarios.

Simplifica con IA

https://negociosoptimizados.com

Simplifica con IA es el equipo editorial de Negocios Optimizados, especializado en inteligencia artificial aplicada a negocios y tecnología. Con más de 5 años cubriendo la industria tech, analizamos los avances más relevantes en IA, automatización empresarial y transformación digital. Nuestro enfoque combina experiencia técnica en machine learning, desarrollo de software y estrategia empresarial para ofrecer análisis prácticos y accionables. Publicamos diariamente las noticias de IA más impactantes y su impacto real en empresas y profesionales.

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